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Plazos reales · Por fase

¿Cuánto tarda el divorcio notarial?

El divorcio notarial puede completarse entre 2 a 10 días desde el primer contacto. En este artículo desgloso cada fase con sus plazos reales y explico qué puede acelerarlo o retrasarlo.

Mario López, abogado experto en divorcio notarial
Mario López Abogado de familia · Colegiado nº 7745 · Miembro AEAFA · Publicado: 27 de mayo de 2026

El plazo total

Lo que más valora quien me consulta sobre plazos es una respuesta concreta.

El divorcio notarial tiene un plazo de 2 a 10 días hábiles desde que las partes dan su visto bueno al convenio regulador hasta la firma ante notario.

Si sumamos el tiempo necesario para reunir los documentos, el tiempo de redacción del convenio (menos de 24 horas en mi despacho una vez recibida la documentación) y la comprobación de la disponibilidad de la notaría que se elija, el proceso completo desde el primer contacto hasta la firma suele completarse en menos de 5 días en la mayoría de los casos.

Ese es el escenario habitual cuando los documentos están listos y ambas partes aprueban el convenio sin modificaciones sustanciales.

El plazo más corto que he visto: 2 días hábiles

Cuando los clientes me remiten la documentación necesaria de forma rápida, el proceso puede completarse en 2 días hábiles: 1 día para el estudio de la documentación, redacción del convenio regulador, aprobación por los clientes y solicitud de cita en notaría y 1 para la firma en notaría. No es lo habitual, pero ocurre.

Cuánto tarda cada fase del proceso

El divorcio notarial tiene cuatro fases diferenciadas. Cada una tiene su propio plazo. Conocerlas permite identificar en qué punto puede surgir un retraso y cómo evitarlo.

01 Variable
Obtención de la documentación

El documento que más tiempo consume es el certificado literal de matrimonio, que hay que solicitar al Registro Civil donde se inscribió el matrimonio.

Si se solicita de forma telemática a través de la sede del Ministerio de Justicia, el plazo habitual es de 3 a 5 días hábiles en Registros Civiles informatizados. En Registros Civiles con mayor carga de trabajo, puede tardar hasta 10 a 15 días.

El certificado de empadronamiento se obtiene de forma inmediata en la mayoría de ayuntamientos. Los documentos de identidad deben estar en vigor: si alguno está caducado, hay que renovarlo antes de iniciar el proceso (plazo de renovación del DNI: 1 a 3 semanas).

Plazo orientativo: 1 a 15 días hábiles, dependiendo del Registro Civil y del estado de los documentos de identidad.

02 24 horas
Redacción del convenio regulador

Una vez que tengo la documentación completa, redacto el convenio regulador en 24 horas.

El convenio recoge la solicitud de disolución del matrimonio, los datos identificativos de los cónyuges, el régimen económico matrimonial y, si procede, los acuerdos sobre hijos mayores dependientes o mascotas.

Lo envío a ambas partes para que lo revisen con calma. No hay límite de revisiones: si alguna cláusula necesita ajuste, lo hago antes de gestionar la cita con notaría.

Plazo: 24 horas desde la recepción de la documentación completa.

03 Variable
Revisión y aprobación del convenio por ambas partes

Ambas partes revisan el texto del convenio. En la mayoría de los casos, la aprobación se produce en el mismo día o al día siguiente de recibir el documento.

Si hay dudas o alguna cláusula necesita ajuste, resuelvo las consultas y modifico el documento.

Plazo orientativo: 1 a 3 días hábiles en la gran mayoría de los casos.

04 2 a 10 días
Cita en notaría y firma de la escritura

Una vez aprobado el convenio, gestiono la cita con la notaría que ofrezca disponibilidad más próxima.

El plazo de espera para la cita depende de la agenda de la notaría en ese momento. En la mayoría de los casos, hay disponibilidad en 2 a 5 días hábiles. En épocas de alta demanda puede alargarse hasta 10 días.

El acto de la firma en sí dura entre 30 y 60 minutos. El notario lee el convenio, verifica el acuerdo de ambas partes y autoriza la escritura. El matrimonio queda disuelto en ese mismo momento.

Plazo orientativo: 2 a 10 días hábiles desde la aprobación del convenio.

Qué pasa después de la firma en notaría

Tras la firma de la escritura de divorcio, el notario o notaria dispone de un plazo de 5 días hábiles para remitir la comunicación al Registro Civil correspondiente, conforme al artículo 87 del Código Civil en la redacción dada por la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.

La inscripción en el Registro Civil se produce de forma automatizada una vez recibida esa comunicación.

Lo que más importa saber en términos prácticos es esto: los cónyuges reciben la copia auténtica de la escritura de divorcio el mismo día de la firma.

Esa copia auténtica ya acredita el divorcio con plena validez jurídica ante cualquier administración pública, entidad financiera, registro de la propiedad o institución.

No es necesario esperar a la inscripción registral para hacer valer el divorcio en la práctica. La inscripción es un trámite que el notario gestiona de forma directa sin que los clientes tengan que hacer nada.

El día de la firma, el divorcio es un hecho

La escritura pública de divorcio produce efectos desde su otorgamiento, no desde su inscripción registral. Salir de la notaría con la copia auténtica en mano es salir divorciado. La inscripción es una formalidad posterior que el notario tramita directamente.

Qué acelera el proceso y qué lo retrasa

En mi práctica diaria detecto siempre los mismos factores. Los que controlan los clientes son más de los que parecen.

✓ Factores que aceleran el proceso

Solicitar el certificado de matrimonio cuanto antes

Es el documento que más tarda. Si se solicita en el momento de la primera consulta, no retrasa nada más del proceso.

Verificar la vigencia de los documentos de identidad

DNI, NIE o pasaporte en vigor el día de la firma. Detectar una caducidad al inicio evita cancelar la cita en notaría.

Acuerdo previo real entre las partes

Cuando los dos cónyuges llegan con la decisión clara y sin puntos pendientes, el convenio se aprueba en pocas horas.

Flexibilidad horaria para la cita en notaría

Poder acudir a cualquier horario disponible de la notaría (incluyendo tardes si la notaría las ofrece) permite encontrar cita más rápido.

✗ Factores que retrasan el proceso

Registro Civil saturado o no informatizado

Algunos Registros Civiles pueden tardar hasta 15 días en expedir el certificado literal de matrimonio. Solicitarlo tarde es el retraso más frecuente.

Documento de identidad caducado

Si se detecta el día de la firma, la cita hay que cancelarla y reprogramarla. La renovación del DNI puede tardar 1 a 3 semanas.

Matrimonio celebrado en el extranjero sin inscripción en España

Si el matrimonio no está inscrito en el Registro Civil Central de Madrid, hay que inscribirlo primero. Ese trámite puede tardar semanas o meses.

Desacuerdo sobre cláusulas del convenio

Cada revisión del convenio conlleva aproximadamente 1 día, por lo que siempre requiero que se informe de todo con detalles al principio.

Divorcio notarial vs divorcio judicial: diferencia real de tiempo

La comparativa de plazos es donde la ventaja del divorcio notarial resulta más evidente. Estos son los plazos reales de 2026, no los teóricos.

Modalidad Plazo desde convenio aprobado Plazo total desde inicio Depende de
Divorcio notarial 2 a 10 días hábiles 2 a 10 días hábiles Agenda de la notaría
Divorcio judicial mutuo acuerdo 1 a 5 meses 2 a 6 meses Carga del juzgado de familia
Divorcio contencioso No aplica (no hay convenio) 1 a 4 años Complejidad del caso + juzgado

La diferencia de plazo entre el divorcio notarial y el judicial de mutuo acuerdo no es marginal, es estructural.

El juzgado no puede controlar su propia carga de trabajo. Si el Juzgado de Familia competente tiene cientos de expedientes pendientes, el suyo se añadirá a los expedientes pendientes de tramitación.

La notaría no posee esa limitación. Su agenda es predecible, y la cita puede fijarse en días en lugar de meses.

El coste real del tiempo que nadie contabiliza

Esperar 4 meses para resolver un divorcio cuando se cumplen los requisitos notariales tiene un coste concreto de tiempo.

Divorcio express y divorcio notarial: la relación entre ambos

El término «divorcio express» no existe en la legislación española. Es un término coloquial que popularmente designa cualquier divorcio de mutuo acuerdo que se tramita de forma rápida y sin juicios.

Lo que las personas llaman divorcio express puede tramitarse de dos formas: ante notario (cuando no hay hijos o son mayores de edad) o ante el juzgado (independientemente de si hay hijos o no, mayores o menores). Son dos procedimientos distintos con plazos muy distintos pero con el mismo resultado legal.

El divorcio notarial es la modalidad más rápida del divorcio express.

Cuando se cumplen los requisitos (inexistencia de hijos menores), el divorcio notarial se resuelve en días, no en meses.

El divorcio express judicial de mutuo acuerdo, en cambio, tarda entre 1 y 5 meses según la carga del juzgado correspondiente. El término divorcio «express» en ese contexto es relativo: es rápido comparado con el divorcio contencioso (1 a 4 años), pero no comparado con la vía notarial.

Si busca un divorcio express, la vía notarial es la más rápida

Si no tienen hijos menores de edad, el divorcio notarial es la única vía que puede resolverse en menos de dos semanas. El divorcio express judicial, aunque se llame express, sigue dependiendo de los tiempos del juzgado.

Errores que alargan innecesariamente el divorcio notarial

La mayoría de los retrasos que veo en mi práctica diaria son evitables. Estos son los cuatro más frecuentes.

Solicitar el certificado de matrimonio cuando ya se ha fijado la cita Es el error que más veces veo. El certificado literal de matrimonio puede tardar hasta 15 días en algunos Registros Civiles. Si se solicita tarde, retrasa todo lo demás aunque el convenio esté redactado y aprobado. La instrucción es clara: solicítelo en el momento en que decida iniciar el proceso.
No verificar la vigencia del documento de identidad hasta el día de la firma Un DNI, NIE o pasaporte caducado el día de la firma obliga a cancelar la cita y reprogramarla. El notario no puede identificar a un compareciente con documentación caducada. Verifico la vigencia de ambos documentos de identidad en la primera llamada para evitar exactamente esto.
Confundir desacuerdo sobre bienes con imposibilidad de divorciarse Sin hijos menores, no hay fundamento legal para no divorciarse de mutuo acuerdo aunque no haya acuerdo sobre el reparto del patrimonio. El divorcio y la liquidación de bienes y deudas son procesos independientes. Parejas que llevan meses bloqueadas sin divorciarse cuando el divorcio podría haberse tramitado en días.
No gestionar con antelación el poder notarial si uno reside en el extranjero Si uno de los cónyuges vive fuera de España y no puede comparecer en la notaría, necesita otorgar un poder notarial específico en su país. Ese trámite puede tardar semanas si el país no es firmante del Convenio de La Haya o si la documentación necesita traducción jurada. Hay que iniciarlo desde el primer día.

Preguntas frecuentes sobre los plazos del divorcio notarial

¿Cuánto tarda un divorcio notarial en España?
El divorcio notarial tarda entre 2 y 10 días hábiles desde que el convenio regulador está aprobado por ambas partes hasta la firma ante notario. Si añadimos el tiempo de redacción del convenio (24 horas en mi despacho) y la gestión de la documentación previa, el proceso completo desde el primer contacto hasta la firma suele completarse en menos de dos semanas en la mayoría de los casos.
¿Cuánto tarda el notario en tramitar el divorcio tras la firma?
Tras la firma de la escritura de divorcio, el notario dispone de un plazo de 5 días hábiles para remitir la comunicación al Registro Civil conforme al artículo 87 del Código Civil. La inscripción registral se produce de forma automática una vez recibida esa comunicación. Los cónyuges reciben la copia auténtica de la escritura el mismo día de la firma, que ya acredita el divorcio ante cualquier administración o entidad financiera.
¿Qué es más rápido, el divorcio notarial o el divorcio express?
El divorcio notarial es la modalidad más rápida de lo que popularmente se conoce como divorcio express. Lo que la gente llama divorcio express puede tramitarse tanto ante notario como ante el juzgado. La vía notarial, sin hijos menores, se resuelve en días. La vía judicial de mutuo acuerdo, que también se llama express, tarda entre 1 y 5 meses por la saturación de los juzgados de familia.
¿Qué puede retrasar el divorcio notarial?
Los factores que más retrasan el divorcio notarial son: obtener el certificado literal de matrimonio (puede tardar hasta 15 días en algunos Registros Civiles), que uno de los cónyuges tenga el documento de identidad caducado, desacuerdos sobre el texto del convenio que requieren revisiones adicionales, y en casos con matrimonio celebrado en el extranjero, la apostilla y traducción jurada de documentos.
¿Cuánto tarda un divorcio notarial comparado con el judicial?
El divorcio notarial se resuelve en 2 a 10 días desde la aprobación del convenio. El divorcio judicial de mutuo acuerdo tarda entre 1 y 5 meses según la carga del juzgado. El divorcio contencioso puede tardar entre 1 y 4 años. La diferencia principal es que el plazo notarial no depende de la agenda de ningún juzgado, solo de la disponibilidad de la notaría y de la rapidez con que ambas partes aprueban el convenio.
¿Cuánto tarda en redactarse el convenio regulador?
En mi despacho redacto el convenio regulador en 24 horas desde que recibo la documentación completa (certificado literal de matrimonio, documentos de identidad de ambos cónyuges y certificado de empadronamiento). A partir de ahí, ambas partes lo revisan y, una vez aprobado, gestiono la cita con la notaría.
¿Es posible divorciarse ante notario en menos de una semana?
Sí, es posible. Si los documentos están listos y ambas partes aprueban el convenio regulador sin modificaciones, el proceso puede completarse en 3 a 5 días hábiles: 24 horas para el convenio, 1 día para la revisión y aprobación, y 2 a 3 días para la cita en notaría si hay disponibilidad inmediata. No es lo más habitual, pero ocurre con cierta frecuencia en mi práctica.
Mario López Ruiz, abogado experto en divorcio notarial, colegiado ICAMUR 7.745
Mario López Abogado Colegiado n.º 7.745 · Miembro de la AEAFA · Experto en Divorcio Notarial

La información de este artículo se basa en mi práctica diaria de tramitación de divorcios notariales y en la legislación vigente: Art. 87 del Código Civil (redacción dada por Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria) · Art. 54 de la Ley del Notariado · Ley 20/2011 del Registro Civil.

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En la primera consulta gratuita analizo su caso concreto y le doy un plazo concreto, no una estimación.

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