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Cuando no hay acuerdo · Opciones reales

Uno quiere el divorcio y el otro no: ¿qué ocurre ahora?

Cuando uno quiere el divorcio y el otro no, la situación parece bloqueada. No lo está. Le explico qué puede hacer cada uno, qué dice la ley y por qué el acuerdo sigue siendo posible incluso desde el desacuerdo.

Mario López, abogado experto en divorcio notarial
Mario López Abogado de familia · Colegiado nº 7745 · Miembro AEAFA · Publicado: 12 de junio de 2026

Lo que dice la ley: el divorcio puede obtenerse sin acuerdo

La primera pregunta que me hacen en estas situaciones es siempre la misma: ¿puede mi pareja divorciarse aunque yo no quiera?

La respuesta es sí.

Desde la reforma del Código Civil introducida por la Ley 15/2005, el divorcio en España es un derecho individual. El artículo 86 del Código Civil establece que cualquier cónyuge puede solicitar el divorcio sin necesidad del consentimiento del otro y sin alegar ninguna causa.

No hace falta demostrar que el matrimonio está roto. No hace falta justificar nada. Basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio y con que uno de los dos quiera divorciarse.

Esto significa que quien quiere el divorcio tiene garantizado obtenerlo. Lo que no tiene garantizado es el tiempo que tardará ni el coste que tendrá. Y ahí es donde entra la decisión más importante de todo este proceso.

La verdadera pregunta no es si el divorcio va a ocurrir

Va a ocurrir. La pregunta real es cómo va a ocurrir: de mutuo acuerdo, rápido y con coste controlado, o por vía contenciosa, con plazos largos y costes elevados. Esa decisión la tienen los dos, no solo quien quiere el divorcio.

Dos perspectivas, dos realidades muy distintas

Cuando uno quiere el divorcio y el otro no, cada uno está viviendo la misma situación desde un lugar completamente diferente. Entenderlo es el primer paso para salir del bloqueo.

El que quiere el divorcio

Ha tomado la decisión. Quiere avanzar.

Lleva tiempo pensándolo. En muchos casos lleva meses o años en un matrimonio que siente terminado. Ha llegado a la conclusión de que quiere salir.

Su frustración principal es sentir que la otra persona lo bloquea. Que no puede avanzar con su vida porque el otro no firma.

Lo que necesita entender: tiene derecho a obtener el divorcio aunque el otro no quiera. Pero si va a contencioso sin intentar el acuerdo primero, pagará ese derecho con tiempo y dinero que podría haber ahorrado.

El que no quiere el divorcio

No está listo. O no quiere aceptarlo.

Puede estar en shock. Puede sentir que si no firma nada, el divorcio no ocurrirá. Puede pensar que negarse es una forma de protegerse o de ganar tiempo.

Su miedo principal es perder el control de lo que va a pasar. Que el otro decida todo y él o ella no tenga voz.

Lo que necesita entender: negarse no impide el divorcio, solo lo convierte en contencioso. Y en el contencioso, quien menos control tiene sobre las condiciones es precisamente quien se niega a negociar.

En mi práctica, el bloqueo suele durar más por falta de información que por falta de voluntad real. Cuando ambas partes entienden exactamente qué pasa si no llegan a un acuerdo, la conversación cambia.

Los dos caminos que existen a partir de aquí

Cuando uno quiere el divorcio y el otro no, solo existen dos salidas. No hay más.

Camino 1 · El que conviene

Llegar a un acuerdo y tramitar el mutuo acuerdo

  • El divorcio se produce en días o semanas
  • Las condiciones las deciden los propios cónyuges
  • Coste: 250 € por cónyuge sin hijos / 350 € por progenitor con hijos menores
  • Desgaste emocional mínimo
  • Posible incluso cuando el punto de partida es «no quiero»
Camino 2 · El que nadie disfruta

No llegar a acuerdo y tramitar el contencioso

  • El proceso dura entre 1 y 4 años
  • Las condiciones las decide un juez o jueza
  • Coste: entre 1.500 € y 2.500 € por persona
  • Desgaste emocional alto para los dos
  • El divorcio ocurre igualmente, pero sin control sobre las condiciones

El resultado final es el mismo en los dos caminos: el matrimonio se disuelve. La diferencia es el precio que paga cada uno por llegar hasta ahí.

Y ese precio no es solo económico. El proceso contencioso implica años de incertidumbre, comparecencias judiciales, informes periciales en casos con hijos, y una relación entre las partes que durante todo ese tiempo tiene que seguir funcionando, especialmente si hay hijos de por medio.

Qué es realmente el proceso contencioso

Cuando digo que el contencioso puede durar entre 1 y 4 años, la mayoría de personas no termina de entender qué significa eso en la práctica. Lo explico.

La demanda y la notificación

La parte que quiere el divorcio, con su abogado y procurador, presenta una demanda de divorcio ante el juzgado de primera instancia competente. El juzgado notifica la demanda a la otra parte.

Desde la notificación, quien recibe la demanda tiene 20 días hábiles para contestarla. En esa contestación puede presentar sus propias pretensiones: las condiciones que considera justas para el divorcio.

El tiempo de espera

Una vez presentadas las dos posiciones, el caso entra en la agenda del juzgado. En los juzgados de familia de las grandes ciudades, la espera para celebrar el juicio puede ser de 8 a 18 meses desde la presentación de la demanda. Durante ese tiempo, las partes siguen casadas legalmente.

Si hay hijos menores, el proceso incluye además informes del equipo psicosocial del juzgado, que evalúa la situación de los menores y emite recomendaciones sobre custodia y régimen de visitas. Ese informe puede tardar varios meses en completarse.

El juicio y la sentencia

El juicio oral suele durar entre 1 y 3 horas. Cada parte presenta sus argumentos, sus pruebas y sus testigos si los hay. El juez o jueza dicta sentencia en semanas o meses.

Esa sentencia puede recurrirse. Si cualquiera de las partes la recurre, el proceso se alarga aún más: primero en apelación ante la Audiencia Provincial, y en casos excepcionales, ante el Tribunal Supremo.

Lo que decide el juez o jueza

El juez o jueza decide sobre todo aquello en lo que las partes no han llegado a acuerdo: el uso de la vivienda familiar (no el reparto de la propiedad, que es proceso separado), la custodia si hay hijos menores, el régimen de visitas y la pensión de alimentos.

La sentencia es vinculante para los dos. Las condiciones que fije el juez son las que rigen, independientemente de que alguna de las partes no esté de acuerdo con ellas.

El contencioso puede convertirse en mutuo acuerdo en cualquier momento

Si en algún punto del proceso las dos partes llegan a un acuerdo sobre las condiciones, pueden presentar un convenio regulador y el procedimiento se reconvierte a mutuo acuerdo. Los plazos y costes se reducen drásticamente desde ese momento.

Del «no quiero» al acuerdo: por qué es posible y cómo ocurre

Una parte importante de los divorcios que tramito empezaron con una de las dos partes diciéndome que el otro o la otra no quería firmar nada.

En la mayoría de esos casos, el proceso acabó siendo de mutuo acuerdo.

Lo que cambia la situación casi siempre es lo mismo: información. Cuando la parte que se niega entiende con claridad qué implica el proceso contencioso, tanto en plazos como en costes y desgaste, la disposición a negociar cambia.

No siempre es fácil. Hay casos en los que el bloqueo tiene razones emocionales que van más allá de lo jurídico: miedo, dolor, sensación de fracaso o necesidad de más tiempo para procesar la situación.

En esos casos, lo más útil no es presionar hacia una firma inmediata, sino dar información clara, dejar tiempo razonable para asimilarla y plantear el proceso de forma que el acuerdo resulte más atractivo que el contencioso para las dos partes.

Porque eso es lo que es: el mutuo acuerdo no es una concesión que hace quien no quiere el divorcio. Es la opción que le permite tener voz sobre las condiciones en lugar de que las decida un juez o jueza que no los conoce.

El acuerdo no significa rendirse

Para quien no quería el divorcio, firmar un convenio regulador de mutuo acuerdo no es perder. Es la única forma de tener control real sobre cómo termina el matrimonio. En el contencioso ese control lo tiene el juez o jueza, no las partes.

Derechos y límites para cada parte

Si usted quiere el divorcio y su pareja no firma

Tiene derecho a iniciar un proceso contencioso en cualquier momento. La negativa de la otra parte no le bloquea legalmente.

Lo que sí le bloquea es el tiempo: el contencioso es el único camino si no hay acuerdo, y ese camino es largo. Por eso, antes de presentar la demanda, vale la pena intentar que la otra parte entienda la situación real y abrir la posibilidad del mutuo acuerdo.

No está obligado a esperar indefinidamente. Pero tampoco le beneficia actuar con urgencia si hay posibilidades reales de alcanzar un acuerdo en semanas.

Si usted no quiere el divorcio y su pareja lo pide

No puede impedir que el divorcio ocurra. El artículo 86 del Código Civil es claro en ese sentido.

Lo que sí puede hacer es decidir cómo ocurre. Si acepta negociar las condiciones y llegar a un convenio regulador de mutuo acuerdo, tendrá voz sobre el resultado. Si se niega a todo, el proceso irá a contencioso y las condiciones las fijará un juez o jueza.

Negarse no es protegerse. En la mayoría de los casos, es lo contrario.

También tiene derecho a tomarse el tiempo necesario para procesar la situación antes de tomar decisiones. No está obligado a firmar nada en los primeros días. Pero sí conviene no confundir ese tiempo con un bloqueo indefinido que solo encarece y alarga lo inevitable.

En ambos casos

Cualquiera de los dos puede solicitar medidas provisionales al juzgado mientras dura el proceso contencioso. Esas medidas regulan situaciones urgentes: quién se queda en la vivienda familiar, cómo se gestiona la custodia provisional de los hijos durante el proceso.

Y en cualquier momento del proceso, si llegan a un acuerdo, pueden reconducirlo a mutuo acuerdo. Sin importar cuánto tiempo lleven en el contencioso.

Errores frecuentes cuando uno quiere el divorcio y el otro no

Estos son los cuatro errores más habituales en esta situación. Los cometen los dos lados.

Ir directamente a contencioso sin intentar el acuerdo Quien quiere el divorcio, ante la negativa del otro, presenta la demanda contenciosa sin haber intentado realmente una negociación. En muchos casos, una conversación bien planteada habría llevado al acuerdo. El contencioso tiene costes económicos y emocionales que no se recuperan aunque luego se reconvierta a mutuo acuerdo.
Negarse a todo pensando que así se frena el proceso Quien no quiere el divorcio se niega a firmar cualquier documento con la idea de que si no hay acuerdo, el divorcio no ocurre. Es un error grave: el divorcio ocurre igualmente vía contenciosa. Y además, quien se niega a negociar es quien termina con menos control sobre las condiciones finales.
Confundir el divorcio con el reparto de bienes En muchos bloqueos, lo que realmente preocupa no es el divorcio en sí sino qué pasa con la vivienda o con los bienes comunes. Y eso no se resuelve en el divorcio: es un proceso completamente independiente. Cuando se entiende esa distinción, el bloqueo desaparece en muchos casos.
No buscar información propia antes de actuar Tanto quien quiere el divorcio como quien no lo quiere suelen actuar bajo la influencia de lo que les cuenta su entorno: amigos, familia, experiencias ajenas. Cada caso es diferente. Las condiciones de un divorcio dependen de la situación concreta: régimen económico matrimonial, hijos, vivienda. Antes de actuar, conviene tener información propia y fiable.

Preguntas frecuentes: uno quiere el divorcio y el otro no

¿Puede divorciarse si su pareja no quiere?
Sí. El artículo 86 del Código Civil, tras la reforma introducida por la Ley 15/2005, permite que cualquier cónyuge inicie el divorcio de forma unilateral sin necesidad del consentimiento del otro y sin alegar ninguna causa. Si su pareja no quiere firmar un convenio regulador de mutuo acuerdo, puede presentar una demanda de divorcio contencioso ante el juzgado. El matrimonio se disolverá igualmente.
¿Qué ocurre si uno quiere el divorcio y el otro no firma nada?
Si la otra parte se niega a firmar cualquier documento, la vía del mutuo acuerdo queda cerrada. El cónyuge que quiere divorciarse puede presentar una demanda de divorcio contencioso ante el juzgado. Una vez notificada la demanda, la otra parte dispone de 20 días hábiles para contestar. El proceso puede durar entre 1 y 4 años y tiene un coste significativamente mayor que el mutuo acuerdo.
¿Cuánto tarda un divorcio cuando uno no quiere divorciarse?
Si finalmente hay acuerdo y se tramita como mutuo acuerdo, el proceso tarda entre pocos días (vía notarial, sin hijos menores) y 1 a 3 meses (vía judicial). Si no hay acuerdo y se tramita como divorcio contencioso, el proceso puede durar entre 1 y 4 años dependiendo de la complejidad del caso y la carga del juzgado.
¿Qué puede hacer quien no quiere el divorcio?
Puede negarse a firmar un convenio regulador de mutuo acuerdo, lo que obligará a la otra parte a iniciar un proceso contencioso. En ese proceso, tiene derecho a presentar sus propias pretensiones sobre las condiciones del divorcio. Lo que no puede hacer es impedir que el divorcio se produzca: si la otra parte insiste, el juez dictará sentencia de divorcio aunque uno se oponga.
¿Es posible pasar de contencioso a mutuo acuerdo?
Sí, en cualquier momento del proceso contencioso. Si las partes llegan a un acuerdo sobre las condiciones del divorcio, pueden presentar un convenio regulador y el procedimiento se reconvierte a mutuo acuerdo. Esto reduce drásticamente los plazos y los costes. En mi práctica, muchos procedimientos que empiezan como contenciosos terminan por esta vía cuando las partes entienden las consecuencias reales del proceso.
¿Cuánto cuesta el divorcio cuando uno no quiere?
Si finalmente hay acuerdo: sin hijos menores, 250 € por cónyuge en honorarios de abogado (IVA incluido), más aranceles de notaría si se elige esa vía. Con hijos menores, 350 € por progenitor (IVA incluido). Si no hay acuerdo y el proceso es contencioso, cada parte necesita su propio abogado y procurador, con un coste que habitualmente supera los 1.500 € a 2.500 € por persona.
¿Tiene que ir al juzgado la persona que no quiere el divorcio?
En el divorcio contencioso, sí. Una vez notificada la demanda, la parte que no quería el divorcio debe comparecer en el proceso, ya sea personalmente o a través de su abogado y procurador. No comparecer no detiene el proceso: el juzgado puede continuar en su ausencia y dictar sentencia igualmente.
Mario López Ruiz, abogado experto en divorcio notarial, colegiado ICAMUR 7.745
Mario López Abogado Colegiado n.º 7.745 · Miembro de la AEAFA · Experto en Divorcio Notarial

La información de este artículo se basa en la práctica diaria de tramitación de divorcios y en la legislación vigente: Art. 86 del Código Civil (divorcio unilateral) · Ley 15/2005 de reforma del Código Civil en materia de separación y divorcio · Art. 777 LEC (mutuo acuerdo judicial) · Art. 770 LEC (divorcio contencioso).

Cuénteme su situación. Le digo qué opciones tienen los dos.

Llámeme o escríbame por WhatsApp. Le explico qué puede hacer en su caso concreto, cuánto costaría y cuánto tardaría cada opción.

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